Blog - RESOLUCION GENERAL 3395
12/10/2012ACLARACIONES SOBRE LA RESOLUCION - NO AFECTA A LOS PASAJEROS!
DECLARACION JURADA ANTICIPADA - INFORMACION ERRONEA EN LOS MEDIOS - RESOLUCION GENERAL N° 3395
Amigos:
A pesar de lo que informan en este momento los medios, quisieramos aclarar que esta declaracion es para operadores que transfieren divisas al exterior; es decir es para validar la transferencia de divisas al exterior por el pago de todos los servicios. No se trata de "aprobación de ventas" y "no hay que declarar datos de cada uno de los pasajeros".
Para transferir las divisas hay que adjuntar, ahora, el contrato firmado por el receptor del dinero (hotel, receptivo, etc) donde figure la tarifa acordada, la validez del contrato y fecha de firma del mismo.
****No afecta en nada a los pasajeros, no tienen que hacer ningun tramite****
Es decir que al menos que surja una NUEVA resolucion, la operatoria se hace de la manera habitual; Se puede adquirir cualquiera de nuestros productos: pasajes, hoteles, traslados, excursiones, alquiler de autos , etc en cualquier parte del mundo y se abonan en PESOS al cambio del dia; por ejemplo hoy USD 1= $ 4.77
Esperamos les sean de utilidad estas lineas para despejar las dudas que genera la informacion mal transmitida.
Saludos!!! El equipo de Tudo Bem.